LICENCIA DE MATERNIDAD PARA TRABAJADORAS INDEPENDIENTES, CONDICIONES, DOCUMENTOS Y PORCENTAJES DE PAGO

La licencia de maternidad es un derecho tanto para trabajadoras dependientes como independientes. En caso de inconvenientes con la EPS o el empleador, las afectadas pueden presentar quejas ante la EPS o acudir al Ministerio del Trabajo.

Documentación requerida (ambos casos)

  • Certificado médico con el estado de embarazo y fecha probable del parto. Fecha sugerida de inicio del descanso. Registro civil del hijo. Solicitud formal dirigida a la EPS.

Trabajadoras dependientes

  • Entregan documentos al empleador y la EPS. La EPS paga la licencia con base en el salario devengado previo al inicio del descanso. Si la EPS niega el pago: Pueden acudir al inspector de trabajo o presentar una demanda según el caso.
  • Está prohibido el despido por embarazo o lactancia sin autorización del Ministerio del Trabajo.

Trabajadoras independientes

  • Presentan directamente la solicitud a la EPS. El pago se calcula sobre el 40 % de los honorarios declarados, con un mínimo de 1 salario mínimo mensual. Deben informar al contratante para que se hagan los ajustes contractuales y se garantice su reactivación posterior. En caso de negativa de pago, se debe presentar queja ante la Superintendencia Nacional de Salud.

Situaciones especiales que modifican la duración

  • Partos múltiples: se añaden 2 semanas. Parto anticipado: la licencia inicia desde el nacimiento. Prematuridad: se adiciona el tiempo faltante hasta completar 37 semanas de gestación. Fallecimiento o enfermedad de la madre: el padre puede asumir la licencia restante. Licencia de paternidad: el padre tiene derecho, presentando el registro civil del hijo.

Tips de protección en contexto militar (Directiva 222 de 2017 y normas aplicables)

  1. Solicite y documente la licencia a tiempo y conserve copia de todo lo entregado.
  2. Informe por escrito al contratante militar y solicite formalmente los ajustes contractuales.
  3. Si hay negativa de pago o represalias, puede acudir a:
    • Superintendencia Nacional de Salud.
    • Inspección General del Ejército.
    • Procuraduría General de Nación.
    • Ministerio del Trabajo.
    • Interponer una acción de tutela.
  4. Conozca la Directiva 222 de 2017, que regula permisos en el ámbito militar y respeta derechos laborales civiles.
  5. El despido por maternidad sin autorización es ilegal y puede constituir discriminación.
  1. Fuente normativa: Artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo
  2. Fuente jurisprudencial Corte Constitucional (T-030/2018); Sentencia T-293 de 2023, establece varios puntos importantes en referencia al estado de embarazo de una trabajadora vinculada mediante un contrato de prestación de servicios.
  3. Instrumentos internacionales: Declaración Universal de derechos Humanos, en el artículo 25, señala que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales”.

Por su parte, el artículo 10.2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales, aprobado por Colombia por la Ley 74 de 1968, establece que “se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto.”

Igualmente, el artículo 11 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, expedida en Nueva York, el 18 de diciembre de 1979, por la Asamblea General de la ONU, y aprobada por la ley 51 de 1981, establece que es obligación de los Estados adoptar “todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo.  

ASÍ ES EL PROCESO PARA SOLICITAR PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN UN PROCESO PENAL

Puntos clave sobre el procedimiento para solicitar el principio de oportunidad en un proceso penal:

¿Qué es el principio de oportunidad?

Es una figura jurídica que permite a la Fiscalía abstenerse de ejercer la acción penal contra un procesado, siempre que se cumplan ciertas causales previstas en la Ley 1312 de 2009.

¿Cómo se solicita?

  1. Presentación de la solicitud ante la Fiscalía con la asesoría de un abogado.
  2. Indicar la causal legal que respalda la petición.
  3. Aportar pruebas que permitan al fiscal tomar una decisión fundamentada.
  4. Proponer fórmulas de arreglo para las víctimas dentro del marco de la justicia restaurativa (mediación, reparación integral o simbólica).
  5. Solicitar la suspensión del juicio, en caso de que proceda.

Evaluación y decisión

  • La Fiscalía consultará a la víctima sobre su aceptación de la aplicación del principio de oportunidad.
  • El fiscal evaluará si procede suspender, interrumpir o renunciar a la acción penal.
  • El juez revisará la legalidad del procedimiento en un plazo de cinco días.
  • Si se aprueba, se extinguirá la acción penal contra el procesado.

Casos en los que puede aplicarse

  • Delitos con penas menores a seis años.
  • Reparación integral a la víctima.
  • Colaboración eficaz del procesado para evitar la continuación del delito.
  • Compromiso de testificar contra otros procesados.
  • Cuando el delito afecta mínimamente bienes colectivos o la sanción resulta innecesaria.

TIPS: Algunos consejos para asegurarse de que se respeten sus derechos al solicitar el principio de oportunidad en un proceso penal:

  1. Conozca las causales de aplicación: Antes de presentar la solicitud, verifique que cumple con alguna de las causales establecidas en la Ley 1312 de 2009 para evitar rechazos por falta de fundamento.
  2. Busque asesoría legal confiable con SIL ABOGADOS: Como es obligatorio contar con un abogado, asegúrese de contratar a un profesional especializado en derecho penal que pueda estructurar bien su solicitud.
  3. Aporte evidencia clara y suficiente: Presente pruebas sólidas que respalden su petición y demuestren que la aplicación del principio de oportunidad es viable y justa en su caso.
  4. Propuesta de reparación integral: Si el delito afectó a una víctima, establezca un plan claro de reparación, ya sea económica, simbólica o mediante mecanismos de mediación.
  5. Exija una respuesta fundamentada: La Fiscalía debe evaluar su solicitud con criterios objetivos. Si recibe un rechazo sin argumentos claros, puede impugnar la decisión.
  6. Monitoree el control judicial: Una vez la solicitud sea remitida al juez, asegúrese de que se cumplan los plazos legales (cinco días para la revisión de la legalidad del procedimiento).
  7. No acepte condiciones abusivas: Si se le impone un periodo de prueba de hasta tres años, revise que las condiciones sean razonables y no vulneren sus derechos fundamentales.
  8. Documente todo el proceso: Mantenga copias de cada documento presentado y de las respuestas recibidas. Esto puede ser útil en caso de apelaciones o revisiones futuras.

CONOZCA EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA SUPRESIÓN DE ANTECEDENTES PENALES

Después de cinco años de haber cumplido una condena, cualquier ciudadano puede solicitar la eliminación de sus antecedentes si aún figuran en la base de datos de consulta ciudadana. La ausencia de la frase “No tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales” en el sistema indica que los antecedentes siguen registrados.

La solicitud puede dirigirse a la Policía Nacional, la Procuraduría o al juzgado de ejecución de penas y medidas de seguridad, y debe incluir:

  • Datos personales y del proceso judicial.
  • Detalles de la condena y fecha de cumplimiento.
  • Documentos de respaldo, como la sentencia judicial y el certificado de paz y salvo por cumplimiento de la pena.

Este trámite es gratuito y no requiere abogado. La autoridad competente revisará la solicitud y emitirá una decisión en un plazo de 15 días hábiles. Si se presenta ante el juzgado, el juez podrá ordenar la actualización de la base de datos; si se presenta directamente a la entidad que gestiona la base de datos, esta deberá realizar el cambio sin necesidad de orden judicial.

El procedimiento se ampara en el derecho al habeas data, que permite a los ciudadanos actualizar, corregir o eliminar información personal registrada sobre ellos.

TIPS: Algunos consejos para evitar vulneraciones a sus derechos, especialmente en lo relacionado con la eliminación de antecedentes penales y el acceso a servicios financieros:

  1. Verifique su información en bases de datos oficiales: Antes de hacer una solicitud, revise si sus antecedentes siguen registrados. Si la base de datos no ha sido actualizada después de cinco años, inicie el trámite para su eliminación.
  2. Mantenga un registro de documentación clave: Guarde copias de la sentencia judicial, el certificado de paz y salvo, y cualquier otro documento que respalde su derecho a la actualización de datos.
  3. Solicite una evaluación individual en servicios financieros: Si un banco le niega la apertura de una cuenta por antecedentes penales, exija una revisión basada en criterios objetivos y no en restricciones automáticas.
  4. Ejecute su derecho al habeas data: Tiene derecho a actualizar, corregir o eliminar información personal que le afecte injustamente. Si una entidad se niega a hacerlo, puede presentar una petición formal.
  5. Reciba orientación por parte de SIL ABOGADOS y de entidades de derechos humanos: como la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría quienes podrán asesorarle sobre qué hacer si considera que sus derechos están siendo vulnerados.
  6. No dude en interponer una tutela: Si enfrenta barreras injustas, la acción de tutela puede ser una herramienta eficaz para exigir el respeto de sus derechos ante entidades públicas o privadas.
  7. Conozca las leyes y reglamentos vigentes: Estar informado le permitirá actuar con seguridad y exigir el cumplimiento de las normas que protegen su acceso a oportunidades.

BANCOS NO PUEDEN IMPONER BARRERAS DE ACCESO A QUIENES TIENEN ANTECEDENTES PENALES

Imagen de una discusión de pareja

La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales de un ciudadano a quien se le negó la apertura de una cuenta de ahorros por tener antecedentes penales. El tribunal determinó que estos antecedentes no deben convertirse en una carga perpetua que limite el ejercicio de derechos ni impedir la reintegración social de las personas que han cumplido su condena. El accionante intentó abrir una cuenta en Bancolombia, Nequi y Davivienda, pero fue rechazado debido a las políticas del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), que consideraron su condena de 2017. Esto le generó dificultades para recibir pagos y administrar sus ingresos, llevándolo a presentar una acción de tutela. La Corte concluyó que los bancos no pueden imponer barreras de acceso automáticas basadas únicamente en antecedentes penales. Cualquier negativa debe estar sustentada en criterios objetivos y razonables, evaluando el riesgo individual de cada persona. También resaltó que el acceso al sistema financiero es una condición necesaria para ejercer otros derechos y favorecer la reintegración social. Como resultado, los bancos deberán abrir la cuenta solicitada y revisar sus procedimientos internos para evitar decisiones discriminatorias. Además, la Superintendencia Financiera deberá expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso de personas con antecedentes penales al sistema financiero.   TIPS: Para proteger sus derechos y evitar vulneraciones, especialmente en situaciones como la supresión de antecedentes penales y el acceso al sistema financiero:

  1. Infórmese sobre sus derechos; conozca la legislación vigente la Ley 1266 de 2008 (Habeas Data) y la sentencia T-113/25 de la Corte Constitucional. La Ley 1266 de 2008 protege los datos personales en centrales de riesgo, y la sentencia T-113/25 establece que las entidades financieras no pueden negar el acceso a sus servicios por el mero hecho de tener antecedentes penales.
  2. Guarde y organice documentación clave; mantenga copias de sentencias judiciales, certificados de cumplimiento de penas y cualquier otro documento que respalde su situación. Esto será esencial al solicitar la eliminación de antecedentes o al defender su derecho de acceso a servicios financieros.
  3. Solicite la actualización de sus datos; si han pasado más de cinco años desde el cumplimiento de su condena, verifique que su historial esté actualizado en las bases de datos y, de ser necesario, inicie el trámite para corregirlo.
  4. Evite barreras automáticas en servicios financieros; si un banco le niega el acceso por antecedentes penales, exige una evaluación individual y objetiva. Puede presentar una Acción de Tutela si considera que están vulnerando sus derechos fundamentales.
  5. Acuda a los servicios jurídicos que le presta SIL ABOGADOS y entidades de protección de derechos como la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría para que puedan orientarle y apoyarle en casos de vulneración de derechos fundamentales.
  6. Haga valer su derecho al Habeas Data; Tiene derecho a actualizar, corregir o eliminar información personal registrada sobre usted que esté afectando injustamente su acceso a oportunidades.
  7. Busque asesoría jurídica si es necesario; Aunque algunos trámites no requieren abogado, contar con orientación legal puede facilitar el proceso y fortalecer su caso.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ES DELITO, INCLUSO SIN CONVIVENCIA

Imagen de una discusión de pareja

¿Qué es la violencia intrafamiliar?

Se define como el uso de fuerza física, verbal, psicológica, económica o sexual contra un miembro del núcleo familiar. Es considerada delito en Colombia, incluso si los agresores no conviven con la víctima (por ejemplo, ex cónyuges o padres separados).

¿Quiénes pueden ser víctimas?

  • Familiares directos.
  • Personas encargadas del cuidado de miembros del hogar.
  • Quienes mantuvieron relaciones extramatrimoniales estables.

Lo importante es que exista un vínculo de dependencia que genere vulnerabilidad.

Modalidades de violencia intrafamiliar

  • Física: Golpes o lesiones corporales.
  • Psicológica: Insultos, amenazas, humillaciones o manipulación emocional.
  • Económica: Restricción del acceso a recursos financieros.
  • Sexual: Actos forzados o no consentidos.

Medidas de protección y denuncia

Las autoridades exhortan a la ciudadanía a denunciar cualquier caso de violencia, ya sea como víctima o testigo. La Fiscalía General de la Nación ha habilitado la línea gratuita 122 y su sitio web institucional para recibir denuncias y brindar atención inmediata.

TIPS:

Algunos consejos para proteger sus derechos en casos de violencia intrafamiliar, incluso si no hay convivencia:

  1. Conozca la legislación vigente LEY 1959 DE 2019: La violencia intrafamiliar es un delito, sin importar si hay convivencia. Informarse sobre sus derechos le ayudará a reconocer situaciones de maltrato y actuar con fundamento.
  2. Busque ayuda y denuncie: No está solo. Puede llamar a la línea gratuita 122 de la Fiscalía General de la Nación o acudir a entidades como la Defensoría del Pueblo y la Comisaría de Familia.
  3. Documente las agresiones: Guarde evidencia de maltrato físico, psicológico, económico o sexual, como fotos, mensajes y testimonios de personas cercanas. Esto fortalecerá su denuncia.
  4. Solicite medidas de protección: Si se siente en peligro, puede pedir medidas de protección a las autoridades para evitar el contacto con el agresor y garantizar su seguridad.
  5. No permita chantajes ni manipulación: La violencia psicológica y económica pueden ser silenciosas, pero igual de graves. Exige tu autonomía y acceso a recursos.
  6. Acuda a redes de apoyo: Busque ayuda en organizaciones especializadas en víctimas de violencia intrafamiliar. El respaldo de profesionales y personas cercanas es clave para su bienestar.
  7. Priorice su bienestar emocional: La violencia puede afectar su salud mental. No dude en buscar ayuda psicológica para fortalecer su recuperación.

 

YA NO ES NECESARIO QUE LOS JOVENES PRESTEN SERVICIO MILITAR

Ley 2341 del 2023.

El 24 de noviembre de 2023, el gobierno del presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2341, por medio de la cual establecieron disposiciones especiales para definir la situación militar de mayores de 24 años y estudiantes universitarios que hayan superado los cinco semestres de la carrera; adicionalmente, los técnicos, técnicos profesionales y tecnólogos.

NOVIEMBRE 24 DEL 2023

Esta ley enmarca a definir la situación jurídica de todos los jóvenes que aun sigan estudiando y que no tengan definida la situación militar, por lo que le da oportunidades de pago y ayudas e incentivos, sin distinción alguna de condición en la que se encuentren.

TIPS:

  1. Aliste los siguientes documentos necesarios para definir su situación jurídica militar:
  • Cédula de ciudadanía.
  • Desprendible de nómina de los tres últimos meses públicas, consulta IES si es dependiente.
  • Planillas de pago de seguridad social de los últimos tres meses si es independiente.
  • Declaración ante (notaria) para aquellas personas carentes de ingresos en los tres últimos meses o del mes que no haya percibido ingreso.
  • Declaración rendida ante el consulado de Colombia en el país que resida.

¿QUE DEBO HACER PARA QUE LOS BANCOS NO ME LLAMEN? 

Ley 2300 del 2023-LEY DEJEN DE FREGAR

Actualmente en Colombia los bancos han comenzado a llamar a sus clientes para que se pongan al día en sus obligaciones, al igual que las entidades que manejan las telefonías móviles, para ello hay que tener en cuenta así usted debe o tiene un crédito con la entidad para no hacer en estafas.

Esta es una ley que busca proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, estableciendo los canales, el horario y la periodicidad en la que estos pueden ser contactados por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelantan gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.

TIPS: 

  1. Ingrese a https://www.tramitescrcom.gov.co/
  2. Haga clic en la opción ‘Registro de Números Excluidos’
  3. Acepte los términos y condiciones
  4. Ingrese sus datos y acceda. Si no tiene una cuenta, regístrese y cree una cuenta.
  5. Elija qué números, correos y páginas de las que no quiera recibir publicidad.
  6. Siga el paso a paso

QUE DEBO HACER SI NO ME HA LLEGADO NOTIFICACION SOBRE UN COMPARENDO

SENTENCIA 321-2022

Se debe tener en cuenta, que esta sentencia modifico la sentencia 038 del 2020 por la cual se podían apelar las disposiciones y actos administrativos de las secretarias de movilidad de diferentes municipios en Colombia.

Ahora bien, lo que dice esta sentencia es que ya hay una solidaridad entre el conductor del vehículo y el dueño del mismo, así mismo modifico y dejo a disposición de las secretarias de movilidad el hacer la notificación personal por vía electrónica dependiendo de los datos inscritos en el Runt.

 TIPS:

  • Tener actualizado los datos de dirección física y electrónica en el Runt
  • Respetar las normas de tránsito (señalización)
  • Estar revisando periódicamente las plataformas de la secretaria de movilidad del municipio o el SIMIT.
  • Tener todos los documentos al día (técnico mecánica y SOAT)
  • Portar los elementos esenciales en el vehículo 

TRASLADO DE LA TUTELA AL ACCIONADO POR MEDIO ELECTRONICO NO DA CAUSAL A NOTIFICACION PERSONAL

TRASLADO DE LA TUTELA AL ACCIONADO POR MEDIO ELECTRONICO NO DA CAUSAL A NOTIFICACION PERSONAL

De la anterior norma se puede colegir que la tutela al ser una demanda de protección de derechos fundamentales, debe tener el mismo ámbito de aplicación en la notificación como una demanda y debe hacer el traslado según el artículo antes mencionado con el fin de que la parte accionada tenga el derecho a la contradicción.

Entro en vigencia en junio 13 del 2022

La Corte Constitucional mediante el decreto 806 del 2020 y la ley 2213 del 2022, donde establece los mecanismos alternativos de celeridad procesal en las notificaciones electrónicas, por medio de las TIC, y de igual forma se establecen cargas que deben asumir los demandantes respecto a la admisión de demandas, bajo el entendido que no son aplicables para la acción de tutela. 

Al salir vigente esta ley, adiciono al Código General del Proceso y a la Constitución Política de Colombia los mecanismos de la oralidad y virtualidad en todos los mecanismos de protección de derechos al igual que las demandas que se pueden interponen, esto con el fin de aplicar las TIC en las notificaciones.

TIPS:

  • Al momento de radicar o instaurar una acción de tutela, esta puede ser notificada por mensaje de datos a la parte accionada, ya sea por mecanismos alternativos de la TIC, como lo son:
    • mensaje de texto vía teléfono,
    • mensaje por correo electrónico,
    • mensaje vía WhatsApp, o por medio físico

A PUNTO DE SER APROBADA LEY GABRIEL ESTEBAN – VIOLENCIA VICARIA

Artículo 230-A del Código Penal Colombiano, Proyecto de Ley 052/23C.

La violencia vicaria en el ámbito de la violencia de género, es la que ejerce un progenitor cuando ataca a una hija o hijo, con el objetivo de causar dolor a la madre; también, cuando omite el pago de alimentos, amenaza con quitárselos u obstruye visitas e incluso, llegando al extremo de causar daño o muerte. Este tipo de violencia vulnera gravemente los derechos fundamentales de la mujer y, por ende, los de sus propios hijos

En consonancia con lo dispuesto en el Artículo 230-A del Código Penal Colombiano, el ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad, el padre que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce la patria potestad con el fin de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, incurrirá, por ese solo hecho, en prisión de uno (1) a tres (3) años y en multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Con el proyecto de ley que tendrá su tercer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes se pretende visibilizar este tipo de violencia, prevenirla, asistir y acompañar a las víctimas.

TIPS:

-Si usted considera que está siendo vulnerado en sus derechos como madre o padre de sus hijos menores de edad, puede acudir ante el INSTITUTO COLOMBIANO DE BINESTAR FAMILIARICBF, COMISARIA DE FAMILIA e inclusive, denunciar los hechos ante FISCALIA.

-Adicional a las medidas de protección para su hijo menor de edad, estas, pueden ir de la mano de manera provisional, el establecimiento del régimen de visitas, la fijación de cuota alimentaria y la custodia del menor.

-Usted podrá tener el seguimiento y acompañamiento relacionados con su caso, por parte de las entidades y autoridades competentes.