
Número del Decreto o ley y cuando entra o entró en vigencia: Concepto de la Corte Constitucional a través de la Sentencia T 043 de 2020
Esta noticia busca a través de doctrinantes del Derecho y profesionales en la materia con respecto al Valor Probatorio que tienen los Chats de aplicaciones móviles en la Actuación Penal, siendo determinante el papel que juega quien solicita la prueba, de ser Víctima, Coparticipe o Testigo.
- A partir de cuando entra en vigencia
Dependerá de la utilización de peritos y técnicos informáticos que logren determinar la veracidad, integridad, autenticidad y originalidad.
- Por qué podría interesarle a las personas:
A diario nuestros Clientes se ven enfrentados a distintas situaciones Jurídicas en las cuales cuentan con material probatorio en su Dispositivo móvil, en este cuentan con fotos, pantallazos y conversaciones los cuales de ser usados de la manera correcta podrán ser aportados a distintos tipos de proceso como prueba de su inocencia o de la ocurrencia de un delito por parte de un tercero, según corresponda el caso.
Así mismo será de especial cuidado el resguardo o custodia que se le da a prueba, ya que cualquier alteración, modificación o eliminación, invalidará cualquier posibilidad de ser aportada dentro del proceso.
- TIPS:
- Si usted está siendo investigado o está en calidad de denunciante los pantallazos o conversaciones tenidas a través de WhatsApp o diferentes canales digitales podrán ayudar como prueba dentro de sus procesos.
- Usar las aplicaciones originales creadas por los fabricantes, no aplicaciones fantasmas o paralelas, ya que estas no gozan de las autorizaciones para validar la originalidad de los mensajes de datos allí contenidas.
- No borrar, parte o totalidad de mensajes recibidos que puedan ser tomados a futuro como prueba judicial.